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Locales

“El trabajo es de la gente y debe ser restituido”

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7 de abril del 2020
 
Así lo indicó en Radio Nuevo Día la doctora Irene Carrizo, quien representa a los 208 municipales despedidos por el intendente Maimó. La cámara de apelaciones decidió que la causa vuelva a primera instancia y “hay esperanza” que recuperen los puestos laborales.

El conflicto en Pico Truncado por los 208 trabajadores despedidos por el intendente Osvaldo Maimó sigue su curso y el último fallo de la justicia fue a favor de los despedidos, ya que la cámara de apelaciones decidió declarar la nulidad del fallo de primera instancia que confirmaba los despidos.

En diálogo con Radio Nuevo Día, la doctora Irene Carrizo, que trabaja en la defensa de los trabajadores municipales despedidos en el inicio de la gestión de Osvaldo Maimó, indicó que: «Si la cámara de apelaciones decidió declarar la nulidad del fallo de primera instancia, ha sido con motivo de irregularidades que fueron denunciadas por los actores y hablo de irregularidades de corte procesal y cuestiones que no fueron resueltas en el expediente y tras lo cual se dictó na sentencia de forma apresurada.»

Dijo que la supuesta relación del juez de primera instancia con el intendente actual, dijo que esos rumores «resuenan en la popularidad de lo que se conoce en la comunidad y lo que yo puedo señalar es que, al momento de presentar nuestra apelación, denunciamos una abierta subjetividad en el momento de la redacción de la sentencia, donde por ejemplo el juez determinó la nulidad parcial de los decretos del actual intendente Maimó para, de esa manera, obviar, que el Concejo Deliberante actual rechazó la nulidad de los decretos por los cuales sostuviera los despidos de los trabajadores.»

La letrada dijo que «hay subjetividades que no pueden ser pasadas por alto» y advirtió que «la cesantía de los empleados está regulada específicamente en el convenio colectivo de trabajo, cuestión que no ha sido tenida en cuenta por el juez al momento de dictar el fallo.»

«Cuando nosotros interpusimos la acción de amparo, nuestro fundamento principal fue la violación constitucional a un derecho humano, incluido en el artículo 14 bis de la constitución nacional, pero que además tiene expreso tratamiento en la convención colectiva de trabajo de la administración pública, pero estas normas no fueron tenidas en cuenta en el momento de emitir el fallo.
Recibimos el fallo con mucha esperanza y la convicción de que el trabajo que se realizó hasta el momento es el que la gente merece», indicó.

La abogada dijo que «el trabajo es de la gente y debe ser restituido» y que «la situación es urgente y habilita la reflexión de quienes deben cumplir y otorgar sus puestos de trabajo».

Consultada por lo que puede ser la definición del caso, expresó: «No quiero obviar que no se trata una remisión inmediata para el dictado de una sentencia, sino que hay cuestiones procesales que el juez no había llevado a cabo, como la resolución de admición o rechazo de un hecho nuevo planteado por la municipalidad, como no se nos había notificado para medidas de prueba solicitadas por el juez, de las cuales tuvimos conocimiento con el fallo del juez en primer instancia. Entonces, han quedado actos pendientes de resolución que deben ser resueltos para que la causa se encuentra en estado de dictar sentencia.», señaló. (El Diario Nuevo Día)

https://www.eldiarionuevodia.com.ar/regional/info-general/2020/4/7/conflicto-en-pico-truncado-el-trabajo-es-de-la-gente-debe-ser-restituido-108613.html

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