La gobernadora Alicia Kirchner firmó este lunes el Decreto Provincial N° 1283 que adhiere al DNU Nº 875 de Presidencia de la Nación y extiende el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) en Río GallegosCaleta OliviaEl Calafate y Puerto Deseado por encontrarse con transmisión comunitaria del virus; establece el Distanciamiento Social con restricciones especiales para Pico Truncado y Puerto San Julián; y el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) para las restantes localidades.

En los considerandos de este nuevo decreto vinculado a la pandemia de coronavirus se incorpora el reporte epidemiológico elaborado por el Ministerio de Salud y Ambiente de Santa Cruz del 5 de noviembre que establece en la provincia, cuatro localidades se encuentran con circulación comunitaria: Río Gallegos, El Calafate, Caleta Olivia y Puerto Deseado.

 

 

 

Sobre el brote detectado en Pico Truncado, se indica el aumento de número de casos, lo que lleva a tener un tiempo de duplicación breve de ocho días, recomendándose valorar la implementación de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, para permitir menor movilidad de la población, y que los equipos locales, implementen búsqueda activa de casos, y medidas de control, recomendándose continuar con la estrategia Detectar y fortalecer el Área de Epidemiologia local y sistema de respuesta.

Restricciones

En cuanto a las restricciones que tendrán vigencia hasta el 29 de noviembre, en ambas localidades se limitará la circulación de personas de acuerdo a la terminación del número de Documento Nacional de Identidad:

    • Los lunes, miércoles y viernes para los documentos terminados en cero y números pares.
    • Los martes, jueves y sábado para los documentos terminados en números impares.
    • El domingo 15 y 29 de noviembre para los documentos terminados en cero y pares, y el domingo 22 para documentos terminados en número impar. Quedan exceptuadas todas aquellas personas que efectúen tareas o presten servicios considerados esenciales o críticos.

Actividades

El funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido de 10:00 a 20:00, debiendo cumplir con los protocolo aprobados por la autoridad sanitaria provincial.

En tanto que los titulares de las Municipalidades y/0 Centros Operativos de Emergencia Locales de Pico Truncado y Puerto San Julián tendrán la facultad de reducir el horario fijado, dentro de los parámetros de la evolución de la situación epidemiológica.

Las reuniones familiares y/0 sociales se encuentran prohibidas al igual que la utilización de los espacios públicos recreativos como plazas, parques, circuitos y/o senderos, lagunas.

Además, el decreto suspende el funcionamiento de casinos y salas de juegos como la realización de actividades deportivas en clubes y/0 gimnasios como así también la atención al público en bares, confiterías, pubs y cervecerias.