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EXCLUSIVO: YPF contamina el suelo en Cañadón León 1

6 de septiembre del 2021
El repositorio Cañadón León 1 y se ubica en la Ruta 43 tramo Caleta Oliva-Pico Truncado a la altura de lo que se conoce como la «Bajada de Quitralco».
Los Repositorios son áreas donde se junta todo el suelo empetrolado de los derrames de una zona y se los somete a distintos tratamientos de recuperación , se lo monitorea y cuando esta listo sirve para re-vegetar distintos sectores.
En el caso de las fotos que fueron sacadas el ultimo viernes 3 de septiembre lo que se ve es que están llevando a los reservorios contenedores con fluido de perforación pertenecientes a los equipos de workover que contiene lodo de inyección, cemento, productos químicos, etc.
Estos residuos pertenecen a lo que se denominan «Barros Oleosos» y está expresamente prohibido que ingresen a la zona de los Repositorios, están catalogados como «Residuos Peligrosos» y su tratamiento es distinto, se hace en plantas diferente y con otra tecnología es muy similar a los que se usa para el tratamiento de «Los Fondo de Tanques».
Lo que muestran las fotos es como mezclan Barros Oleosos en el repositorio con suelo empetrolado esto tiene un solo fin y es evitar el costo económico del tratamiento de los barros y la consecuencia directas son dos:
1 La contaminación de las napas de agua por la filtración.
2 La contaminación del propio reservorio que tendría que ser clausurado y descontaminado.
Los Repositorios son áreas que pertenecen directamente a YPF y la autoridad de aplicación es la Sub Secretaria de Medioambiente perteneciente a la Secretaria de Estado y Ambiente
Una cosa que llama la «atención» es que YPF compra tierra para re-forestación por un lado mientras por el otro contamina las propias.
El Decreto 712/2002 Reglamentación de la Ley de Residuos Peligrosos N° 2567 es clara y sin grises sobre el tema: 3.5. Exclusividad: Los repositorios habilitados serán para almacenamiento y tratamiento exclusivo de suelos afectados por derrames de hidrocarburo o suelos provenientes de piletas de petróleo mal saneadas. Estando terminantemente prohibido el ingreso de Barros considerados como Residuos Peligrosos del anexo VII del presente decreto.
PDF del Decreto 712/2002 Reglamentación de la Ley de Residuos Peligrosos N° 2567
En idéntico sentido va el DECRETO REGLAMENTARIO 712/02 DE LEY 2567 ANEXO X: 3.5. Exclusividad: Los repositorios habilitados serán para almacenamiento y tratamiento exclusivo de suelos afectados por derrames de hidrocarburo o suelos provenientes de piletas de petróleo mal saneadas. Estando terminantemente prohibido el ingreso de Barros considerados como Residuos Peligrosos del Anexo VII del Presente Decreto.
PDF DECRETO REGLAMENTARIO 712/02 DE LEY 2567 ANEXO X
