Locales
Tres Demoledores Dictámenes contra la Gestión del Intendente Maimo

26 de mayo del 2022
El Concejo deliberante emitió tres dictamen en el que señalan falencias graves del ejecutivo en cuestiones de trasparencia y falta de información sobre el destino de fondos públicos.
El primero es el dictamen Nro. 002/22 y se refiere el Expediente N° 2996/DD/2021, Proyecto de Ordenanza General Anual Tarifaria e impositiva de la Municipalidad de Pico Truncado para el Ejercicio contable 20222 ingresada por Nota N° 053/DD/2021 por Secretaria General el día 22-12-21. –
Que, en diversos rubros el ejecutivo aumento la cantidad de módulos sin informarnos los motivos o criterios para efectuar dichos aumentos;
Que, el ejecutivo expresa que la recaudación promedio en el año 2021 fue de pesos Veintisiete Millones Ochocientos Siete Mil Setecientos Sesenta y Uno con Ochenta y Cuatro Centavos ($27.807.761,84) con una variación de la recaudación entre 2019 a 2021 del veintiséis como treinta por ciento (26,33%) con una inflación en el mismo periodo cercana al ochenta y ocho por ciento (88%). Este Honorable Concejo no puede corroborar dichos porcentajes ya que no cuenta con documentación contable respaldatoria que confirme lo mencionado;
Que, en diferentes rubros se quita el beneficio del “pago en cuotas”, lo que indica la falta de compromiso que el ejecutivo tiene con la comunidad ante el contexto económico en el cual nos encontramos;
Que, otros de los beneficios que este proyecto quita es en lo que corresponde a la “adquisición de áridos y material elaborado por el DEM” el cual establecía para los particulares un descuento del 15% para obras de construcción de mejora o vivienda familiar. Financiado en 6 cuotas (+ intereses de financiación). Incluido en la boleta de energía, para empleados municipales descuentos en los haberes;
Que, se puede apreciar aumentos considerables en lo que respecta a las tasas por servicios de sepelios y cementerio;
Que, en lo que corresponde a las tarifas por servicio de energía eléctrica el proyecto presentado le otorga la facultad al DEM de actualizar sus valores modificándolos en hasta un 15% en forma trimestral acorde a las variaciones de costos y valores de mercado;
Que, con respecto a las tarifas de energía eléctrica se observa incrementos de más del doble en comparación con la tarifaria 2021;
Que, en lo que respecta a las tarifas precedentemente mencionada se observa que el cuadro de valores cargos fijos y consumo presenta aumentos que exceden el 33,33% manifestados por el municipio;
Que, en lo que respecta a las tarifas del servicio de telefonía se contempla que hay rubros en los que no se especifica si el IVA está incluido o no;
Que, en lo que corresponde a las tarifas por prestación del servicio de internet el proyecto pretende facultar al DEM a realizar los ajustes para la conexión y abonos sin establecer un porcentaje fijo trimestral;
Que, este Honorable Concejo Deliberante mantuvo este Proyecto de Tarifaria en las Comisiones de Presupuesto y Legislación General durante cinco (5) meses a la espera de la información solicitada en reiteradas oportunidades para continuar con su estudio sin recibir respuesta alguna;
Que, como cuerpo debemos defender los intereses de los vecinos de la localidad y por ende no podemos permitir la negativa del DEM ante las solicitudes de información pública;
Que, en reiteradas oportunidades se solicitó reuniones con el ejecutivo para poder trabajar de manera conjunta y aunar criterios en lo que corresponde al valor del módulo e incrementos en la cantidad del mismo por rubro, con una negativa por parte del DEM;
Que, para evaluar la tarifaria es indispensable tener conocimiento sobre cómo se ha realizado la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio contable 2021 y así determinar cuál sería el porcentaje adecuado para el aumento del módulo teniendo en cuenta los ingresos y egresos del municipio y las necesidades de los vecinos;
Que, en el “Proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2022” se observa un aumento del 46,28% en lo que corresponde a los “regímenes de coparticipación” y un 81,24% de aumento en los “aportes no reintegrables”, lo que se traduce en un incremento en los ingresos que recibirá el ejecutivo para el año en curso en comparación con el año 2021;
Que, más del 60% de las obras proyectadas por el DEM son por convenio y por lo tanto no utilizara fondos propios para su implementación;
Que, el DEM en lo que corresponde a las “erogaciones de capital” proyecta incrementos que alcanzan un aumento de hasta un 700% en comparación con el ejercicio anterior, lo que denota que el ejecutivo cuenta con el dinero suficiente para realizar dichos gastos;
Que, desde el 10 de diciembre del 2019 se encuentra en ejercicio de sus funciones el gobierno del intendente Osvaldo Maimo. Desde este Honorable Cuerpo y con conocimiento del nuevo inicio de gestión, se manifestó la voluntad de flexibilizar las exigencias para aprobar la tarifaria 2021, a pesar de observar irregularidades subsanables ya que primo la importancia del financiamiento de las arcas municipales;
Que, trascurrido 28 meses del inicio de la gestión no se pudo observar ningún esfuerzo por parte del ejecutivo municipal por respetar las facultades conferidas por ley a este Cuerpo al por ejemplo al no contestar las notas, resoluciones, solicitudes de información pública, etc. para lograr un efectivo control de los recursos y gastos del municipio;
Que, es imposible hacer caso omiso a estas graves faltas hacia este Poder al entender que el Sr. Osvaldo Maimo ha estado a cargo de la Intendencia de nuestra localidad por más de 14 años, y por ende se presume que tras este extenso periodo de tiempo el Sr intendente conoce los plazos y mecanismo administrativos que debe respetar;
Que, por todo lo citado anteriormente y puesto en tratamiento por los ediles, los miembros de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Cuenta, Industria y Comercio y la Comisión de Legislación General, Reglamento y Seguridad resuelven la No Aprobación por Mayoría del Proyecto.
DADO EN SALA DE COMISIONES, 19 MAYO DE 2022
Concejales Firmantes: Carlos Alberto Morón, José Luis Quiroga, Romeli Andrea Caminos y
Miriam Soledad Cañumil.
Dictamen en Conjunto 002-2022 Proyecto Ordenanza Terifaria
El Segundo Dictamen es el Nro. 003/22 referido a que el DEM se encuentra en incumplimiento con las obligaciones a su cargo, de acuerdo a lo establecido en la ley provincial N° 55 y la Acordada Nº 54 del Honorable Tribunal de Cuentas.
Que, el DEM tampoco ha notificado formalmente las causas de la demora por las cuales no se cumpliera con dichas cargas en los tiempos establecidos, para remitirnos las rendiciones cuatrimestrales;
Que, el artículo 13 de la Acordada 54 establece “El PRESUPUESTO constituye la base de la Administración Municipal y el Intendente está obligado a ceñirse del mismo”. Este Concejo no ha podido corroborar, hasta la fecha, como se ha ejecutado el presupuesto 2021 debido a la falta de remisión de la documentación contable;
Que, de las pautas contenidas en este instrumento, se desprende una enorme cantidad de información acerca de los objetivos y acciones que llevara adelante el municipio durante el próximo ejercicio económico. Se constituye, por lo tanto, como herramienta fundamental de gestión, transparencia y control;
Que, se solicitó información al DEM para poder continuar con el tratamiento del proyecto mediante las siguientes notas y reiteraciones: Nº 01/22 y Nº 03/22 de fecha 27/01/22; Nº01/22 de fecha 03/02/22; Nº 91/21 de fecha 28/09/21; Nº 10/22 y Nº 11/22 de fecha 27/04/22; Nº 14/22 y Nº 15/22 de fecha 04/05/22 en busca de esclarecer diversos puntos de la ejecución presupuestaria 2021 y el presupuesto 2022;
Que, la Constitución Nacional en su Artículo 1° establece para la Nación Argentina la forma republicana de gobierno, garantizando así el principio de publicidad de los actos de gobierno y el Derecho de Acceso a la Información Pública;
Que, hasta la fecha no hemos tenido respuesta de ninguna de dichas solicitudes lo que denota que no hay voluntad por parte del Departamento Ejecutivo para trabajar de manera conjunta con los miembros del Concejo Deliberante, sin apertura al debate e intercambio de ideas, lo cual imposibilita generar un espacio de construcción amplio que dote al presupuesto de legitimidad;
Que el Artículo 3º de la Ley de Contabilidad de Nº 760, establece que la estructura del presupuesto adoptara las técnicas, más adecuadas para demostrar el cumplimiento de las funciones del Estado, los servicios administrativos que las tengan a su cargo y la incidencia económica de los gastos y recursos;
Que, al analizar las ejecuciones presupuestarias del ejercicio 2021, se encuentran inconsistencias y falta de claridad en las mismas, no se pudo contar con información relevante en cuanto al Estado de Ejecución Presupuestaria, modificaciones presupuestarias e Ingresos del Ejercicio 2021, con corte a la fecha, de manera de valorar el cálculo de los recursos y gastos con mayor detalle y aproximación a la realidad;
Que, para un mejor análisis y comprensión de la confección del proyecto de Presupuesto se necesita conocer las bases presupuestarias, bases de elaboración del cálculo de Erogaciones y las bases de elaboración del cálculo de recursos;
Que, el rubro Personal representa la mayor erogación dentro de los gastos corrientes y asciende a un monto total de $ 1.294.163.335,63;
Que, es necesario contar con la estructura por situación de revista y personal por categoría del proyecto elevado que forma parte del presente proyecto de ordenanza detallando los conceptos que incluye (haberes mensuales, sueldo anual complementario, productividades) con la previsión del establecimiento de mejoras salariales en paritarias de acuerdo a las más ajustadas expectativas de la evolución de la economía;
Que, en lo que corresponde al ítem transferencias “becas municipales” se observa que el monto plasmado no coincide con lo que se debería abonar por tal concepto; (350modulosx6/8×50 personasx12)
Que, los recursos proyectados para el año 2022 han sido determinados conforme al impacto de los incrementos propuestos en el Proyecto de Ordenanza Tarifaria, pero en varios conceptos no se ve reflejado el incremento y no hay información de a qué se debe esa diferencia;
Que, en lo que corresponde al apartado “CALCULO DE RECUSOS EJERCICIO 2022” en los siguientes ítems: “Impuesto Inmobiliario e Imp. A los terrenos baldíos; Contrib. Directa a la ocupación del suelo y ad. ; Tasa por alumbrado publico y conservación de calles; Tasa por recolección de residuos; Tasa por inspección e higiene; Multa por infracción de transito; Derecho de construcción, inspección y aprobación de planos; Patente de bebidas alcohólicas; Derecho de habitación comercial; Derecho de propaganda; Derecho de vendedor ambulante; Tasa por Energía; Recargo de Energía; Conexión de EE; IVA Teléfono; Recargo teléfono; Ingresos varios rentas generales; Cargo fijo por impresión de facturas; Servicios telefónicos; Ingresos cuotas natatorio; Servicio Internet; Sistema energía prepaga” que se estima una recaudación significativamente menor con respecto a la recaudación estimada en el presupuesto 2021;
Que, se observa que en la Ordenanza 1946-2020 “Presupuesto” en el apartado “clasificación económica por objeto institucional” ítem OTRAS EROGACIONES- “Leasing BNA” por un monto de $13.800.000. En el Proyecto de Ordenanza enviado por el DEM se observa que en el apartado “clasificación económica por objeto institucional” ítem OTRAS EROGACIONS-“Leasing BNA” figura un monto por $1.000.000 en la columna del Dpto. Ejecutivo mientras que en el total figura un monto de $13.800.000. Dicho monto debería ser igual en ambas columnas;
Que, el concepto Leasing BNA es una erogación de SECRETARIA DE HACIENDA ITEM 07 por $ 1000000, y en el cuadro de clasificación económica de gasto por objeto e institucional lo totalizan por $13800000, y no hay información de a qué se debe esa diferencia;
Que, se mantiene deuda con la empresa CAMMESA Y con la Caja de Previsión Social y Caja de Servicios Sociales y que en ninguno de los dos casos se ha podido elaborar un acta/convenio/acuerdo para regularizar la deuda;
Que, en el presupuesto 2021 se autorizó un gasto de $69.200.000 para el pago de la deuda con la empresa CAMMESA que se mantenía desde el año 2018 basándose en los cuotas y montos pactados por convenio celebrado;
Que, en este caso se calculó un monto de $69.200.000 en el presupuesto 2022 para el pago de la deuda al proveedor de Energía Eléctrica empresa CAMMESA por cuatro facturas correspondientes a los meses de abril, mayo, junio y julio 2020 y no contamos con la documentación/facturas que respalda como se arribó a ese monto;
Que, “RECURSOS ESPECIALES”, la cual establece convenios c/IDUV para la construcción de los denominados “MUNI+CERCA” en las distintas zonas de la localidad por un monto de $14.000.000 c/u. Con respecto a esto no contamos con información si alguno de dichos convenios es el mismo que se realizó mediante la Licitación Pública Nº 05/2021 por un monto de $9.026.200,00. Cabe aclarar que dicha construcción está infringiendo la Ordenanza 1558-13 la cual establece la reserva del terreno para la creación de una plaza integrada;
Que, existen obras que se consideraron en el presupuesto 2021 y también son consideradas en el Presupuesto 2022, que no incluyen en la misma información sobre los recursos invertidos con certificaciones de las mismas para poder constatar los gastos ejecutados ni los respectivos cronogramas de ejecución física;
Que, tras solicitar información y no haber obtenido respuesta, se reitera el pedido de información sobre: estado en el que se encuentra la ejecución de las obras por administración y por convenio expresadas en la ORDENANZA 1946-2020, “PLAN DE OBRAS EJERCICIO 2021-SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS” por un monto total de inversión previsto año 2021 $97.302.522,99, “PLAN DE OBRAS 2022-SECRETARIA SERVICIOS PUBLICOS” detallando: obra realizada, costo de obra, plazo de ejecución de obra, factura de materiales, avance de obra, certificación de obras;
Que, respecto de las Obras a realizar, se solicita anexo que detalle el grado de avance a ejecutar en el periodo 2022, detalle de los montos a ejecutar por cada obra para visualizar las prioridades que debería tener cada una en el presupuesto y la incidencia de las mismas en el presupuesto total;
Que, se solicitó el proyecto “OPTIMIZACIÓN DE LIMPIEZA EN PT” por un monto de $42.966.000,00 y con respecto al “PLAN DE OBRAS EJERCICIO 2022-SEC. OBRAS PUBLICAS” /CONCEPTO POR ADMINISTRACIÓN, información del ítem “PAVIMENTO ZONA ESTE” por un monto de $140.000.000,00 en lo que respecta a la cantidad de metros lineales y valor por metro, aun en espera de una respuesta;
Que, en lo que corresponde al “PLAN DE OBRAS EJERCICIO 2022-SEC. OBRAS PUBLICAS” /CONCEPTO POR CONVENIO, se observa lo siguiente:
Construcción Oficina La Muni+Cerca. Licitación Pública Nº 005/2021 (30/08/2021). Expdte. Municipal Nº 0868/2021. ($9.026.200,00).
Construcción y Refacción –ECUELA DE CERAMICA. Licitación Pública Nº 002/2021. Expdte. Municipal Nº 0867/2021. ($6.749.353,03). SE LE ADJUDICO LA OBRA A LA FIRMA COMERCIAL “AUSTRAL SERVICIOS” POR UN VALOR DE $6.515.673,57. PRE-ADJUDICACIÓN 31/08/2021.
Construcción y Reubicación- EDIFICIO HCD. Licitación Pública Nº 003/2021. Expdte. Municipal Nº 0865/DEM/2021. $3.923.260,01
Refacción NIDO. Licitación Pública Nº 004/2021. Expdte. Municipal Nº 0864/2021, Decreto Municipal Nº 272/2021 ($23.801.186,96). Se adjudicó la obra a la empresa “LOS RANQUELES SRL” por un valor de $21.500.000,00. (21/09/21)
“PLAN ARGENTINA HACE II-EDIFICIO DEL INSTITUTO DE CARRERAS TERCIARIAS Y OFICIOS DE PT”. Licitación Pública Nº 006/2021. Expdte. Municipal Nº 1981 ($101.138.188,21). Se consultó si era el mismo que el ítem “ARGENTINA HACE II-CENTRO EDUCATIVO ($70.796.732,00), sin recibir respuesta;
Que, el “Plan Integral Obras Nación-DESAGUE PLUVIAL” por un monto de $300.000.000,00 en el presupuesto 2021 estaba desagregado en los siguientes rubros: Desagüe pluvial y sala de bombeo $25.590.996,92; Pavimento Eva Perón y Sarmiento $372.729.043,49; Gimnasio deportivo $173.635.302,30; Plaza integrada $ 39.911.512,22;
Que, por todo lo citado anteriormente y puesto en tratamiento por los ediles, los miembros de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Cuenta, Industria y Comercio y la Comisión de Legislación General, Reglamento y Seguridad resuelven la No Aprobación por Mayoría.
DADO EN SALA DE COMISIONES, 19 MAYO DE 2022
Concejales Firmantes: Carlos Alberto Morón, José Luis Quiroga, Romeli Andrea Caminos y Miriam Soledad Cañumil.
Dictamen en Conjunto 003-2022 Proyecto de Ordenanza Presupuesto
Y por ultimo el Dictamen 004/22 referido a Expediente N° 3320/DD/2021. Acta Acuerdo Departamento Ejecutivo Municipal con la Empresa “YPF S.A.” ingresada por Nota N° 053/DD/2021 por Secretaria General el día 22-12-21. –
La Comisión de Presupuesto, Hacienda, Cuenta, Industria y Comercio y la Comisión de Legislación General, Reglamento y Seguridad de este Honorable Concejo Deliberante, procedieron al tratamiento del Expediente N° 3320/DD/2021. Acta Acuerdo Departamento Ejecutivo Municipal con la Empresa “YPF S.A.” ingresada por Nota N° 053/DD/2021 por Secretaria General el día 22-12-21. –
Que, el DEM nos ha enviado el Expediente Municipal Nº 3320/DEM, S/ “ACTA ACUERDO” DEM e YPF S.A. para ser tratado;
Que, en el mismo la Empresa YPF S.A. acuerda con el DEM abonar la suma de $14.270.900,00;
Que, dicha suma se abonara en cinco (5) cuotas distribuidas de la siguiente manera: una cuota de $7.135.000,00 dentro de los cinco (5) días hábiles contando a partir de la ratificación del ACTA ACURDO por parte del HCD; dos pagos de $1.783.750,00 a pagar el 16/05/2022 y el 15/07/20222 y dos últimas cuotas de $1.783.750,00 a cancelar el 15/09/2022 y el 15/11/2022;
Que, este tipo de beneficio no se le ofrece al resto de los contribuyentes de los rubros comerciales y/o industriales;
Que, mediante las siguientes notas Nº 01/22 de fecha 27 de enero del corriente Nº 4/22 del 03 de febrero del 2022, Nº 10/22 de fecha 27 de abril y Nº 14 de fecha 04 de mayo del corriente, este Cuerpo ha solicitado al Departamento Ejecutivo documentación necesaria para el tratamiento de dicho Expediente, sin recibir respuesta alguna;
Que, este Cuerpo requiere contar con un detalle del monto total en concepto de impuestos, gravámenes, cánones, tasas, derechos, contribuciones, HC, tributos que resulten aplicables a la Empresa YPF S.A correspondiente al periodo fiscal que va desde el 01 de enero al 31 de diciembre del corriente año para poder evaluar si dicho convenio es beneficioso para el municipio;
Que, el “Proyecto de Tarifaria General Tributaria e Impositiva 2022” está en tratamiento y al no contar con la documentación solicitada al DEM se puede suponer que con dicho acuerdo se pretende cancelar todo impuesto, canon, tasa, etc., correspondiente al periodo 2022 con valores del 2021 establecidos en la tarifaria vigente;
Que, por todo lo citado anteriormente y puesto en tratamiento por los ediles, los miembros de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Cuenta, Industria y Comercio y la Comisión de Legislación General, Reglamento y Seguridad resuelven la No Aprobación por Mayoría.
DADO EN SALA DE COMISIONES, 19 MAYO DE 2022
Concejales firmantes: Carlos Alberto Moró, José Luis Quiroga, Romeli Andrea Caminos
y Miriam Soledad Cañumil.
